30 - 07 - 2015

Las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre el Cuarto Informe Periódico de Venezuela


El Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas dio a conocer el pasado 23 de julio de 2015 sus observaciones finales con respecto al cuarto informe periódico de la República Bolivariana de Venezuela, que fue presentado el pasado 29 y 30 de junio en Ginebra.

Temas como la igualdad de género, los presuntos actos de discriminación y violencia por motivos de orientación sexual o identidad de género, la violencia contra la mujer, el derecho a la vida, condiciones de detención y prisión preventiva, la observancia de los derechos humanos en el contexto de manifestaciones, la independencia del Poder Judicial, los presuntos actos de intimidación, descalificación, amenazas y ataques contra periodistas, defensores de derechos humanos y abogados, así como las presuntas detenciones arbitrarias de algunos miembros de la oposición política y las declaraciones descalificatorias contra miembros de organizaciones de la sociedad civil que contribuyeron a labor del Comité, entre otros puntos, fueron resaltados por el Comité de Derechos Humanos en el documento

A modo de introducción, el Comité manifestó su satisfacción por la presentación de dicho informe a pesar del retraso de 7 años. Sin embargo, posterior a los sucintos párrafos introductorios, continuó con una lista con los principales motivos de preocupación y las recomendaciones del Comité al respecto. En primer lugar, abordó el tema de la aplicabilidad interna del Pacto de los Derechos Civiles y Políticos, siendo su primera recomendación al Estado venezolano, adoptar las medidas necesarias para aumentar la conciencia sobre el Pacto entre jueces, abogados y fiscales con el objetivo de garantizar que la legislación nacional se aplique e interprete a la luz del Pacto.

Seguidamente, expresó su preocupación ante el tema del derecho a la vida en Venezuela, derecho que cobra mayor relevancia e incidencia ante la situación de inseguridad ciudadana que actualmente afronta el país. El Comité se refirió particularmente a los altos índices de violencia que han generado un significativo número de muertes y, en especial, en aquellos casos donde presuntamente, hubo participación de oficiales de mantenimiento del orden, e instó al Estado a redoblar sus esfuerzos para prevenir y combatir las muertes por causas violentas, así como intensificar las acciones de desarme de la población civil. Asimismo, reiteró la importancia que estos casos puedan ser investigados de forma pronta, exhaustiva, independiente e imparcial para que los autores sean llevados ante la justicia y sean debidamente sancionados.

Por otra parte, en el tema del uso proporcional y diferenciado de la fuerza por parte de los organismos encargados del orden público, el Comité recomendó aplicar planes de prevención y eliminación del uso excesivo de la fuerza y la capacitación en materia de derechos humanos a los miembros de las fuerzas del orden, la garantía que ninguna persona sea sometida a detención arbitraria y que las tareas del orden público estén a cargo de autoridades civiles. A su vez hizo referencia a la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes instando al Estado a aplicar políticas de prevención y sanción de los responsables.

De igual forma, expresó preocupación ante la autonomía, independencia e imparcialidad del Poder Judicial en el país, haciendo énfasis en que solo 34% de la totalidad de jueces son titulares. Además, el Comité lamentó no haber recibido información precisa sobre el porcentaje de fiscales titulares del Ministerio Público. Por lo que exhortó al Estado a asegurar y proteger la plena autonomía, independencia e imparcialidad de los jueces fiscales y que éstos pudieran ejercer sus funciones libres de presiones e injerencias y, especialmente, que se corrigiera la situación de provisionalidad en la que se encuentran la mayoría de los jueces y fiscales del país.

Por otro lado, también expresó su inquietud con respecto a la situación de las y los defensores de derechos humanos, quienes han sido objeto de actos de intimidación, hostigamiento y declaraciones descalificatorias por su participación en eventos internacionales de protección de los derechos humanos. El Comité recomendó ofrecer protección efectiva tanto a periodistas, defensores como activistas sociales y asegurarles que se investiguen todas sus alegaciones relativas a intimidación, amenazas y ataques. Por último, destacó que el Estado venezolano debe cesar todo tipo de declaración descalificatoria en contra defensores.

Posterior a la presentación de las observaciones finales del Comité, se le es otorgado al Estado venezolano un tiempo prudencial para cumplir con sus obligaciones en donde nuevamente, el Comité realizará un monitoreo de la situación y revisará el estatus de los temas en cuestión. Venezuela firmó el Pacto de los Derechos Civiles y Políticos en el año 1969 y el 10 de agosto de 1978 lo ratificó, por lo que al ser un Estado Parte, debe asumir las recomendaciones del Comité e inmediatamente, comenzar a corregir y perfeccionar los asuntos a los que se sometió a consideración.

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