28 - 04 - 2015

El Pacto de los Derechos Civiles y Políticos, un concenso y unos compromisos que los Estados Parte deben cumplir


En algunas oportunidades, ante las innumerables presiones del día a día, el contexto económico y político del país, se suelen olvidar algunas fechas importantes, e incluso, tratados y pactos creados para proteger la libertad, la justicia y la paz en el mundo, basados en el reconocimiento de la dignidad inherente a la persona humana. Probablemente, algunos aleguen que no han sufrido alguna violación a sus derechos humanos, que no conocen o no han escuchado una situación comprometedora de estos derechos. Sin embargo, tener presente qué es un acto de violación de derechos humanos, cuáles son los derechos que tienen los pueblos y estar conscientes de que todos, sin distinción alguna, pueden ser potenciales víctimas, constituye el primer paso de reflexión para la promoción y defensa de los derechos fundamentales.

El pasado 23 de marzo se cumplieron 39 años de la entrada en vigor del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), un instrumento jurídico internacional, que significa que cuando un Estado se adhiere a él, se compromete a garantizar el ejercicio de los derechos que contempla. Es decir que los Estados que han suscrito deben velar por el respeto y garantía de los derechos expresados en su texto, tales como: el derecho a la vida, que es inherente a la persona humana, “por lo que nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente” (art. 6). La integridad física, “nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (…)” (art.7); el derecho a la libertad y seguridad personal, “todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley (…)” (art.9); la libertad de pensamiento, “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado” (art. 18); el derecho a la libertad de opinión y expresión, “toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole” (art. 19); e igualdad ante la ley, “todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva (…)” (art.26); entre otros derechos.

Posterior a esta explicación y conociendo un poco más a fondo el tema de la violación de derechos humanos, ¿aún considera que no ha sido víctima de algún tipo de violación? ¿Está seguro que, en algún momento, no se ha topado con un caso de violación de los derechos humanos a una persona?

En el caso del cumplimiento del PIDCP por parte de los Estados que lo suscriben, existe una instancia encargada de velar y verificar el fiel cumplimiento del mismo, tal como es el Comité de Derechos Humanos, cuya estructura y funciones están expresadas en su artículo 28. El Comité de Derechos Humanos, está compuesto por 18 miembros de reconocida competencia en el tema, con credibilidad y procedentes de distintas regiones. Asimismo, resulta trascendental aclarar que estos integrantes no representan a los gobiernos de sus países de origen u organizaciones, por el contrario, ejercen sus funciones a título personal sin inclinaciones políticas o económicas.

Adicionalmente, este Comité está facultado para recibir y considerar las comunicaciones de los individuos que aleguen ser víctimas de violaciones de cualquiera de los derechos contemplados en el Pacto. Estableciéndose en el artículo 1 que, “todo individuo que alegue una violación de cualquiera de sus derechos enumerados en el Pacto y que haya agotado todos los recursos internos disponibles podrá someter a la consideración del Comité una comunicación escrita”. Por lo que vale la pena denunciar y no renunciar ante una violación de derechos humanos. Es importante agotar todas las instancias disponibles en busca de la justicia, pedir ayuda y apoyo para encontrar la ruta e intentar resarcir los daños.

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